Puesto que en la pasada Cuaresma
el Cabildo General de hermanos tuvo a bien aprobar la reforma de las Reglas
propuesta por esta Junta de Gobierno, en la que uno de sus puntos era eliminar
que la actual junta prolongue su mandato hasta la conclusión del paso de
misterio, se ha tenido a bien el convocar con fecha de 28 de abril de 2017 Cabildo
General de Elecciones para el próximo 30 de junio de 2017, viernes, y que desde
este año ya se celebre de forma regular elecciones a mayordomo cada cinco años.
Desde la Junta de Gobierno os animamos a participar de este proceso que
democratiza a la Hermandad.
CENSO DE VOTANTES
Siguiendo el art. 21 de nuestras
Reglas podrán votar todos los hermanos que estén al corriente del pago de sus
cuotas, con un año de antigüedad en la Hermandad y que hayan cumplido 18 años
para el día de las elecciones. El censo estará a disposición de los hermanos en
la Casa de Hermandad del 15 de mayo al 15 de junio, pudiéndose ver lunes y
miércoles de 18.00 a 20.30 horas. Durante esas fechas se podrán realizar la
inclusión o baja del mismo.
PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS
Del 15 de mayo al 15 de junio, de
manera presencial lunes y miércoles de 18.00 a 20.30 horas en la Casa de
Hermandad o por correo certificado con acuse de recibo, a la atención del secretario,
a la dirección de la Casa de Hermandad, durante esas mismas fechas.
CONDICIONES PARA SER CANDIDATOS
Mayordomo: 18 años cumplidos; 5 años de antigüedad en la Hermandad;
reconocida formación, vida cristiana y entrega a la Hermandad, consistente en
la asistencia a todos los cultos y actos de Regla al menos en los dos años
anteriores a las elecciones; dos cursos completos de la Escuela Diocesana de
Formación Cofrade (para más información art. 22 de nuestras Reglas). Para el
resto de cargos la antigüedad en la Hermandad se reduce a tres años.
CABILDO DE ELECCIONES
El viernes, 30 de junio, tendrá lugar el Cabildo de Elecciones, en la Casa de Hermandad (c/ Sanguino Michel
nº 23, 1º D), siendo de modalidad abierto, es decir, ofreciendo un horario para
asistir a votar: de 19.30 a 21.30 horas,
siendo el voto secreto y personal, debiéndose identificar debidamente el
votante (art. 24).
Para los hermanos que aparezcan
en el censo con domicilio fuera de la ciudad de Cáceres se habilitará la
posibilidad de votar por carta;
posibilidad a la que podrán acogerse los hermanos por razón de enfermedad
acreditada mediante certificado médico oficial. A tal fin, deberán enviar un
sobre cerrado con el voto, que se introducirá en otro donde adjuntarán una
fotocopia del D.N.I. (Documento Nacional de Identidad); y los hermanos
enfermos, el certificado médico oficial. El envío del voto por carta se hará
por certificado de Correos con acuse de recibo. El sobre se dirigirá al
Secretario de la mesa electoral y llevará exteriormente el remite, nº de D.N.I.
y firma del votante (para más información art. 24 de las Reglas).
Secretario
VºBº Mayordomo